El tribunal del 1-O avisa que la amnistía es «ilegal» pero teme que Pumpido la «constitucionalice»

Puigdemont amnistía

La principal exigencia del ex presidente de la Generalitat y líder de Junts per Catalunya, Carlos Puigdemont, al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para apoyarle en la investidura es la concesión de la amnistía y la celebración de un referéndum  en Cataluña. Unas exigencias inviables para los fiscales y magistrados que investigaron la consulta ilegal del 1 de octubre de 2017. Fuentes judiciales consultadas por OKDIARIO aseguran que la concesión de la amnistía a Puigdemont es ilegal. No hay debate entre las distintas fuentes consultadas. Sin embargo, temen que Cándido Conde-Pumpido, al que Sánchez colocó al frente del Tribunal Constitucional, pueda bendecirlo alegando que no está recogido en la Constitución.

La única amnistía que se ha concedido en España fue en 1977. Pero, añaden, se concedió ante una situación excepcional: en una transición de dictadura a una democracia en la que se optó por olvidar los delitos cometidos por los combatientes, aunque fuesen muy graves, para dar paso a un nuevo régimen. Pero, no cabe la posibilidad de su concesión en función de «las conveniencias políticas o coyunturales del momento» como ocurre en la actualidad.

Algunos juristas respaldan que Sánchez conceda la amnistía a Puigdemont apoyándose en el argumento del abogado del líder independentista. Gonzalo Boye ha manifestado que «solucionar el problema político requiere solucionar el judicial, esto nunca debió judicializarse», en referencia al procedimiento abierto en el Tribunal Supremo por la consulta ilegal celebrada en Cataluña el 1-0. Y ha recalcado que «una amnistía para los encausados por el procés sí cabría en la Constitución española, que lo único que prohíbe son los indultos generales. Se trataría de una amnistía específica para cosas y personas que se han visto afectadas por las causas del procés: somos unos 4.000». Fuentes del Supremo temen que Pumpido apoye esta tesis y permita la concesión de la medida de gracia, cediendo así al chantaje de los independentistas para apoyar a Sánchez y mantenerle en La Moncloa.

La amnistía es «inconstitucional»

Sin embargo, las mismas fuentes consultadas explican por qué la amnistía es «totalmente inconstitucional». La concesión del olvido de los delitos cometidos –que no del perdón contemplado en el indulto– no está regulado en la Carta Magna porque no se prevé en un contexto democrático como tampoco la esclavitud. La Constitución de 1978 tampoco hace referencia expresa a la esclavitud, que fue abolida en España en 1837, porque no es necesario y eso no significa que sea legal, puesto que la práctica de la misma conllevaría la vulneración de otros derechos fundamentales que sí están recogidos por, por ejemplo, «el principio de igualdad entre los españoles» u otros derechos tan básicos como «la vida, la dignidad y la integridad». Pues lo mismo ocurre con la amnistía: su concesión vulnera el derecho de los jueces y magistrados de «juzgar y ejecutar lo juzgado», recogido en el artículo 117 de la Carta Magna. Por tanto, la aplicación de una Ley de amnistía además de ser inconstitucional es un «atropello al Poder Judicial por parte del Poder Ejecutivo y, en última instancia, a la democracia», explican las mismas fuentes.

Fiscales y jueces consultados también recuerdan que el delito por el que está procesado Puigdemont son desobediencia y malversación. Y la amnistía se concede para olvidar delitos por cuestiones políticas, nunca se ha hecho para perdonar a un corrupto que ha robado de las arcas públicas.

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